Vivienda urbana nueva VIP y VIS (hasta 135 SMMLV o 150 SMMLV según la ubicación del inmueble) y NO VIS (desde 135 SMMLV o 150 SMMLV según la ubicación del inmueble hasta 500 SMMLV).
Debes validar que cumplas las condiciones que exige el programa al cual vas a aplicar y con la solicitud de crédito de vivienda le pides a tu asesor que te postule al programa.
Para ser beneficiario con algún subsidio del Gobierno, debes cumplir con los requisitos que exige cada programa y estar dentro de los cupos asignados cada año. En caso de no cumplir las condiciones de cada programa o no estar dentro de los cupos asignados cada año, no tendrás acceso a la cobertura.
Sí. El beneficio se puede perder en cualquiera de los siguientes eventos:
Por mora en el pago de tres cuotas o cánones consecutivos a cargo del deudor o locatario del leasing.
Por pago anticipado del crédito o hacer uso de la opción de compra tratándose de contratos de leasing habitacional.
Por petición del deudor o locatario.
Por cesión del crédito por parte del deudor.
Por cesión del contrato de leasing habitacional por parte del locatario.
Por modificación del crédito o del contrato de leasing habitacional que implique el incremento de los montos, saldos de las obligaciones o ampliación del plazo, excepto cuando se trate de la cobertura prevista en el numeral 2. del artículo 2.10.1.7.1.2. del Decreto 1068 de 2015.
Por aceleración de plazo conforme a los términos contractuales.
Las demás que establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de acuerdo a la naturaleza y finalidad de la cobertura.