Crédito de vivienda

Solicitud digital
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Tasa de interés
Fija en pesos*
Durante vigencia del préstamo
Abonos
A capital
En cualquier momento
Plazos de pago entre
5 y 30 años*
    

¿Qué es un crédito de vivienda?

Hombre con lentes celebrando efusivamente
Es un préstamo para comprar vivienda nueva o usada. El banco desembolsa el dinero a un plazo y tasa previamente acordado, y este debe ser devuelto en cuotas mensuales que incluyen abono a capital, intereses y seguros.

Beneficios destacados

    Preaprobación digital

    Card image
    Inicia la solicitud de crédito desde la comodidad de tu casa u oficina.

    Tasa fija y en pesos*

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    *Aplican tasas vigentes al momento del desembolso. 

    Plazo entre 5 y 30 años*

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    *Plazo del crédito de 30 años aplica solo para viviendas VIS.

    Abonos a capital

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    Por la Ley de Vivienda puedes hacer pagos en cualquier momento y sin costo adicional.

    Beneficios tributarios

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    Reduce los intereses por tu declaración de renta y al pagar las cuotas con tu cuenta AFC.

    Subsidios del Gobierno

    Card image
    Si recibes el beneficio de tasa, te lo extendemos 8 años más para VIS o 3 años más para NO VIS.

Características del crédito de vivienda

Hombre sonriente mirando su celular Hombre sonriente mirando su celular hombre sonriente mirando su celular
subcard image Edad para aplicar al préstamo
Se debe tener entre 18 y 70 años.
subcard image Pide un préstamo con tu grupo familiar
Aplica cónyuge o pareja permanente, padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos o padres e hijos del cónyuge.
subcard image Al momento de solicitar el crédito
Todos los solicitantes deben cumplir con los requisitos y presentar documentos que soporten sus ingresos.
subcard image Financiación de la vivienda
Te prestamos hasta el 70% para Vivienda de NO VIS y hasta el 80% para una Vivienda VIS.
subcard image Respaldo del crédito de vivienda
El préstamo estará respaldado con la hipoteca sobre el inmueble que vas a comprar.
subcard image Tu crédito incluye seguros
Seguro de vida para amparar el saldo de la deuda y seguro de incendio y terremoto para proteger el inmueble en caso de siniestro.

¿Para qué tipo de vivienda te prestamos? 

    VIS

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    Las Viviendas de Interés Social (VIS) cuyo valor máximo es hasta 135 o hasta 150 salarios mínimos.

    NO VIS

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    Las Viviendas de No Interés Social (NO VIS) que cuestan más de 135 o 150 salarios mínimos.

Simulador de crédito de vivienda

crédito de vivienda
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Calcula el valor aproximado de las cuotas y tasa de tu crédito hipotecario con esta herramienta digital. 
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Requisitos para préstamo de vivienda

Si eres asalariado, independiente, rentista de capital o pensionado, debes presentar:
  • Fotocopia del documento de identidad ampliado al 150%.

Requisitos para asalariados

  • Certificado laboral (no mayor a 90 días) en el que se indique: cargo, sueldo, antigüedad y tipo de contrato. 
  • Declaración de renta del último año gravable (si debes declarar). 
  • Certificado de ingresos y retenciones del último año gravable (si presentas declaración, no es necesario este documento). 
  • Si tienes ingresos adicionales (arrendamientos, honorarios, comisiones y contratos), los documentos que lo soporten.
  • Contrato fijo o a término indefinido: comprobantes de nómina de los últimos 2 meses. 
  • Contrato de prestación de servicios: documentos que soporten ingresos mensuales. 

Requisitos para independientes

  • Declaración de renta del último año gravable (si debes declarar). 
  • Extractos bancarios de los últimos tres meses. 
  • Otros documentos que soporten tus ingresos.
  • Documentos opcionales:
    • Resumen de facturas de compras o ventas. 
    • Certificado de Cámara y Comercio. 

Requisitos para pensionados

  • Comprobantes de pago de pensión de los últimos dos meses. 
  • Declaración de renta del último año gravable (si debes declarar). 
  • Certificado de ingresos y retenciones del último año gravable (si no declaras).
Holaaaaaaaa Hola 2
Pareja feliz sentados en sofá haciendo cuentas Hombre abraza a su pareja embarazada por la espalda sonriendo Hombre abraza a su pareja embarazada por la espalda sonriendo

Información de interés

Consulta tasas y tarifas
Políticas
  • Vivienda urbana en ciudades capitales y sus zonas de influencia, así como municipios donde se encuentre una oficina del banco.
  • Vivienda semiurbana en conjunto residencial.
  • Estrato de los inmuebles:
    • NO VIS ubicados en Bogotá, Cali, Medellín, Barranquilla y Bucaramanga desde estrato 3. Demás ciudades y municipios desde estrato 2.
    • VIS desde estrato 2.
  • La vivienda debe contar con todos los servicios públicos, nomenclatura definida, vías de acceso vehicular y debe estar en buen estado de conservación.                 
Formularios
Cancelación
Para llevar a cabo este proceso es necesario que el saldo de la obligación se encuentre totalmente cancelado. Además, debes tener en cuenta lo siguiente:

Operaciones únicamente en Bogotá
  • Acércate a cualquiera de nuestras oficinas y realiza la solicitud de levantamiento de hipoteca: debes llevar el certificado de tradición y libertad del inmueble y una carta solicitando el levantamiento de hipoteca. En la oficina te indicarán el pago a realizar correspondiente a la tarifa de elaboración de la minuta.
  • La oficina hará la radicación de la solicitud y debes esperar que la notaría asignada se comunique contigo para llevar a cabo el proceso de firma de escritura y registro.
Operaciones en otras ciudades
  • Acércate a cualquiera de nuestras oficinas y realiza la solicitud de levantamiento de hipoteca: debes llevar el certificado de tradición y libertad del inmueble y una carta solicitando el levantamiento de hipoteca. En la oficina te indicarán el pago a realizar correspondiente a la tarifa de elaboración de la minuta.
  • La oficina hará la radicación de la solicitud y el asesor se comunicará contigo para informar una vez se encuentre disponible la minuta. Luego, debes dirigirte a la oficina donde radicaste para reclamar esta minuta y realizar el proceso de firma de escritura y registro con la notaría de tu preferencia.  
Seguridad
  • El desembolso de tu crédito no podrá efectuarse hasta que se hayan cumplido todos los trámites y requisitos en la aprobación.
  • No reveles tus datos a extraños, recuerda que nunca te solicitaremos información confidencial por correo electrónico ni mensajes de texto. 
  • En nuestras oficinas tenemos disponibles las cajas de servicio como los únicos lugares autorizados para la recepción del dinero.
  • No es recomendable que retires altas sumas de dinero en efectivo. En caso de tener que hacerlo, elige los cheques de gerencia.
  • En lo posible evita hacer transacciones a través de computadores públicos, esto representa un riesgo para ti.
¿Cómo podemos ayudarte?

Vivienda urbana nueva VIP y VIS (hasta 135 SMMLV o 150 SMMLV según la ubicación del inmueble) y NO VIS (desde 135 SMMLV o 150 SMMLV según la ubicación del inmueble hasta 500 SMMLV).

Debes validar que cumplas las condiciones que exige el programa al cual vas a aplicar y con la solicitud de crédito de vivienda le pides a tu asesor que te postule al programa.

Para ser beneficiario con algún subsidio del Gobierno, debes cumplir con los requisitos que exige cada programa y estar dentro de los cupos asignados cada año. En caso de no cumplir las condiciones de cada programa o no estar dentro de los cupos asignados cada año, no tendrás acceso a la cobertura.

Sí. El beneficio se puede perder en cualquiera de los siguientes eventos:

  • Por mora en el pago de tres cuotas o cánones consecutivos a cargo del deudor o locatario del leasing.
  • Por pago anticipado del crédito o hacer uso de la opción de compra tratándose de contratos de leasing habitacional.
  • Por petición del deudor o locatario.
  • Por cesión del crédito por parte del deudor.
  • Por cesión del contrato de leasing habitacional por parte del locatario.
  • Por modificación del crédito o del contrato de leasing habitacional que implique el incremento de los montos, saldos de las obligaciones o ampliación del plazo, excepto cuando se trate de la cobertura prevista en el numeral 2. del artículo 2.10.1.7.1.2. del Decreto 1068 de 2015.
  • Por aceleración de plazo conforme a los términos contractuales.
  • Las demás que establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de acuerdo a la naturaleza y finalidad de la cobertura.
     

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