Seguro de vida personalizado

SEGUROS PERSONALIZADOS
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Elige las coberturas que quieras y tu familia quedará protegida en caso de que fallezcas por cualquier causa.
Personaliza aquí tu seguro
La cobertura base es
Muerte por cualquier causa
  
Incluye sin costo
Beneficios digitales
  
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Protección vida

Quiero asegurarme
¿Qué es?

Es un seguro personalizado que respaldará económicamente a tus familiares o beneficiarios en caso de que por cualquier causa fallezcas. Tú eliges las coberturas y los valores asegurados, según tus necesidades.

 

Empiezas con la cobertura base de Muerte por cualquier causa y puedes añadir hasta 5 adicionales, como Incapacidad total y permanente.

 

Entre más coberturas agregues, tendrás más beneficios digitales.

¿Para quién es?

Este seguro es ideal para ti si tienes personas a cargo y está diseñado para protegerlas, sin importar si eres empleado o independiente.

 

Tus familiares o beneficiarios recibirán respaldo económico en caso de que fallezcas y así asegurarás su tranquilidad cuando más lo necesitan.

Requisitos

Edades de ingreso y permanencia

  • Puedes solicitar este seguro si estás entre los 18 y 69 años con 364 días.
  • Puedes permanecer en este seguro hasta los 75 años y 364 días.
  • Dependiendo de tu edad y el valor del seguro que elijas, podremos solicitarte exámenes médicos.

 

Conoce toda la información, descripción, términos y condiciones, de tu seguro:

  • Al adquirirlo con una tarjeta de crédito.
  • Al adquirirlo con una cuenta de ahorros y corriente.

¿Ya conoces nuestras coberturas?

Complementa tu cobertura base con una o varias de las siguientes opciones que diseñamos para ti. 

Muerte
Incapacidad
Muerte accidental
Hospitalización
Enfermedad
Auxilios

Muerte por cualquier causa (cobertura base)

¿Qué cubre?

Si falleces, tus familiares o beneficiarios recibirán el valor asegurado para brindarles apoyo en tu ausencia.

Características

  • Estará disponible desde el momento que lo adquieres.
  • Elige tantos beneficiarios como desees y distribuye el 100% entre ellos.

Casos en los que esta cobertura no aplica

  • Si el fallecimiento ocurre por contaminación o explosión de material radioactivo o nuclear.
  • Si es consecuencia de la participación en actos delictivos, de forma directa o indirecta.
  • Si santes de comprar el seguro cuentas con enfermedades preexistente.
  • Si ocurre por suicidio o intento de suicidio dentro de los primeros 180 días de vigencia del seguro.

Incapacidad Total Permanente (cobertura base)

¿Qué es una Incapacidad Total Permanente (ITP)?

Es la condición en la que, debido a un accidente o enfermedad, no puedes desempeñar tu trabajo de manera permanente, según certificación médica

¿Qué cubre?

Si sufres una incapacidad total temporal por accidente o enfermedad de más de 15 días, calendario continuos o más, recibirás el valor asegurado para ayudarte mientras te recuperas, y puedes retomar tus actividades laborales.

Características

  • Estará disponible después de adquirirlo.
  • Aplica desde la fecha en que recibes el diagnóstico de una incapacidad del 50% o superior de pérdida de  capacidad laboral u ocupencia.

Casos en los que esta cobertura no aplica

  • Si la afectación es menor al 50% de tu capacidad física.
  • Si la incapacidad ocurre por contaminación o explosión de material radioactivo o nuclear.
  • Si es consecuencia de la participación en actos delictivos, de forma directa o indirecta.
  • Si se debe a una enfermedad preexistente.
  • Si ocurre  por intento de suicidio dentro de los primeros 180 días de vigencia del seguro.

Muerte accidental

¿Qué cubre?

Si falleces por un accidente, tus beneficiarios recibirán el valor asegurado.

Características

Cubre la muerte que ocurra dentro de 180 días  posteriores al accidente.

Casos en los que esta cobertura no aplica

  • Si el fallecimiento ocurre por contaminación o explosión de material radioactivo o nuclear.
  • Si es consecuencia de la participación en actos delictivos, de forma directa o indirecta.
  • Si se debe a una enfermedad preexistente.
  • Si ocurre por suicidio o intento de suicidio dentro de los primeros 180 días de vigencia del seguro.

Renta por hospitalización

¿Qué cubre?

Si te hospitalizan después de haber sufrido un accidente o enfermedad no preexistente por más de 24 horas hasta 20 días, recibirás un dinero diario por la hospitalización.

Características

  • Estará disponible después de adquirir el seguro.
  • Aplica 2 días después de la hospitalización.

Casos en los que esta cobertura no aplica

  • Si el fallecimiento ocurre por contaminación o explosión de material radioactivo o nuclear.
  • Si es consecuencia de la participación en actos delictivos, de forma directa o indirecta.
  • Si se debe a una enfermedad preexistente.
  • Si ocurre por suicidio o intento de suicidio dentro de los primeros 180 días de vigencia del seguro.

Enfermedades graves

¿Qué cubre?

Si te diagnostican por primera vez alguna de las siguientes enfermedades graves, recibirás el valor asegurado: 

  • Cáncer, sin importar su ubicación o etapa.
  • Infarto agudo de miocardio.
  • Cirugía de angioplastia coronaria o revascularización cardíaca.
  • Accidente cerebrovascular isquémico o hemorrágico.
  • Insuficiencia renal crónica.
  • Esclerosis múltiple.
  • Trasplante de órganos mayores.

Características

  • Estará disponible 90 días después de adquirirlo.
  • El seguro cubre el valor asegurado como único pago por cada enfermedad grave al ser diagnosticada por primera vez.
  • Indemnización por cáncer: recibes el 100% del valor contratado por cualquier cáncer, incluido melanoma. Si es cáncer de piel distinto a melanoma, el pago será del 20%.

Casos en los que esta cobertura no aplica

  • Si el cáncer es diagnosticado como consecuencia de una metástasis de una enfermedad preexistente.
  • Si tu diagnóstico es de cáncer de piel maligno distinto al melanoma.
  • Si tu diagnóstico es de enfermedades como Policitemia Vera, trombocitemia esencial y condilomas planos.
  • Si la enfermedad ocurre por contaminación o explosión de material radioactivo o nuclear.
  • Si es consecuencia de la participación en actos delictivos, de forma directa o indirecta.
  • Si se debe a una enfermedad preexistente.
  • Si ocurre por intento de suicidio dentro de los primeros 180 días de vigencia del seguro.

Fractura de huesos

¿Qué cubre?

Si sufres de una caída, accidente o golpe y te rompes algunos de los siguientes huesos:

  • Cadera (acetábulo)
  • Fémur
  • Tibia
  • Rótulo
  • Peroné
  • Vértebras en general

Características

  • Estará disponible después de adquirir el seguro.
  • Puedes usar esta cobertura hasta 30 días por vigencia del seguro.
  • Aplica 24 horas transcurridas después de la hospitalización.

Casos en los que esta cobertura no aplica

Si la fractura de huesos es consecuencia de intento de suicidio.

¿Ya conoces nuestras coberturas?

Complementa tu cobertura base con una o varias de las siguientes opciones que diseñamos para ti.

Muerte por cualquier causa (cobertura base)

¿Qué te cubre?
Si falleces por cualquier causa, tus familiares o beneficiarios recibirán el valor asegurado que elijas para brindarles apoyo económico en tu ausencia.

 

Características

  • Está disponible para ti a partir de la adquisición del seguro.

  • Puedes elegir tantos beneficiarios como desees y asignarles el 100% del valor asegurado. Si no los registras, se aplicarán automáticamente los que establece la ley.

  • Tus beneficiarios podrán reclamar su parte del valor asegurado 1 única vez, de acuerdo con el porcentaje que asignes.

 

¿Qué no te cubre?

Casos en los que esta cobertura no aplica

  • Si antes de comprar el seguro tenías lesiones, accidentes o enfermedades preexistentes y como consecuencia de estos falleces.

  • Si la muerte ocurre por suicidio o intento de suicidio dentro de los primeros 180 días de vigencia del seguro.

  • Aplican casos generales indicados en términos y condiciones de este seguro.

Incapacidad total permanente

¿Qué te cubre?
Si tienes una Incapacidad total permanente por accidente o enfermedad, recibirás el valor asegurado que elijas para ayudarte con tus obligaciones familiares y financieras.

 

Características

  • Está disponible para ti a partir de la adquisición del seguro.

  • Aplica si presentas una pérdida de tu capacidad laboral u ocupacional superior al 50% como consecuencia de un accidente o una enfermedad.

  • Ten presente que el diagnóstico debe ser bajo certificación médica de tu EPS, ARL, Colpensiones, Junta Regional o Nacional de calificación de invalidez.

 

¿Qué no te cubre?

Casos en los que esta cobertura no aplica

  • Si antes de comprar el seguro tenías lesiones, accidentes o enfermedades preexistentes y como consecuencia de estos resultas con una incapacidad total y permanente.
  • Aplican casos generales indicados en términos y condiciones de este seguro.
Muerte accidental

¿Qué te cubre?
Si falleces por un accidente, tus familiares o beneficiarios recibirán el valor asegurado que elijas para brindarles apoyo económico en tu ausencia.

 

Características

  • Se cubrirá la muerte que ocurra dentro de 180 días siguientes a la ocurrencia del accidente.

  • Puedes elegir tantos beneficiarios como desees y asignarles el 100% del valor asegurado. Si no los registras, se aplicarán automáticamente los que establece la ley.

  • Tus beneficiarios podrán reclamar su parte del valor asegurado 1 única vez, de acuerdo con el porcentaje que asignes.

 

¿Qué no te cubre?

Casos en los que esta cobertura no aplica

  • Si antes de comprar el seguro tenías lesiones, accidentes o enfermedades preexistentes y como consecuencia de estos falleces.

  • Aplican las exclusiones generales indicadas en términos y condiciones de este seguro.

Renta por hospitalización

¿Qué te cubre?
Si te hospitalizan a consecuencia de un accidente o enfermedad, recibirás el valor asegurado que elijas como respaldo diario desde el segundo día y por un máximo de 30 días.

 

Características

  • Está disponible para ti a partir de la adquisición del seguro.

  • Aplica cuando seas internado en una clínica u hospital por más de 24 horas continuas y hasta por 30 días en vigencia del seguro.

 

¿Qué no te cubre?

Casos en los que esta cobertura no aplica

  • Si antes de comprar el seguro tenías lesiones o enfermedades preexistentes y como consecuencia de estos te hospitalizan.

  • Aplican casos generales indicados en términos y condiciones de este seguro.

Enfermedades graves

¿Qué te cubre?
Si te diagnostican por primera vez alguna de las siguientes enfermedades graves, recibirás el valor asegurado que elijas:

  • Cáncer.
  • Infarto agudo de miocardio.
  • Cirugía de angioplastia coronaria o revascularización cardíaca.
  • Accidente cerebrovascular isquémico o hemorrágico.
  • Insuficiencia renal crónica.
  • Esclerosis múltiple.
  • Trasplante de órganos mayores.

 

Características

  • Cubriremos un único pago por cada enfermedad grave al ser diagnosticada por primera vez.

  • Está disponible para ti después de 91 días de adquirir el seguro.

    En caso de que te diagnostiquen cáncer, recibirás el 100% del valor asegurado que elijas, incluido el melanoma. Para cáncer de piel diferente a melanoma, el pago será del 20%.

  • Los órganos cubiertos para los transplantes por primera vez son: Corazón, pulmón, hígado, riñón, médula ósea y páncreas.

  • Ten presente que el diagnóstico debe ser bajo certificación médica de tu EPS, SISBEN, ARL, medicina prepagada o póliza de salud.

 

¿Qué no te cubre?

Casos en los que esta cobertura no aplica

  • Si antes de comprar el seguro ya tenías un diagnóstico de cáncer, o si este llega a producir metástasis antes o durante la vigencia del seguro.

  • Aplican casos generales indicados en términos y condiciones de este seguro.

Protección familiar con destinación específica

¿Qué te cubre?

Si tú o alguno de tus beneficiarios asignados fallece por cualquier causa, recibirán el valor asegurado para cubrir los gastos funerarios.

 

Características

  • Está disponible para ti a partir de la adquisición del seguro.

  • Ten presente que debes registrar a tu cónyuge y hasta 3 hijos al adquirir tu seguro, o en cualquier momento durante su vigencia.

  • Se cubrirá la muerte por suicidio o intento de suicidio a partir del día 181 de vigencia del seguro.

 

¿Qué no te cubre?

Casos en los que esta cobertura no aplica

  • Si antes de comprar el seguro tú o tus beneficiarios tenían lesiones o enfermedades preexistentes y el fallecimiento ocurre como consecuencia de estos.
  • Aplican casos generales indicados en términos y condiciones de este seguro.
Renta por hospitalización en UCI

¿Qué te cubre?
Si te hospitalizan en una Unidad de Cuidado Intensivo (UCI) a consecuencia de un accidente o enfermedad, recibirás el valor asegurado que elijas como respaldo diario desde el segundo día y por un máximo de 30 días.

 

Características

  • Está disponible para ti a partir de la adquisición del seguro.

  • Aplica cuando seas internado en una Unidad de Cuidado Intensivo (UCI) de una clínica u hospital por más de 24 horas continuas y hasta por 30 días en vigencia del seguro.

 

¿Qué no te cubre?

Casos en los que esta cobertura no aplica

  • Si antes de comprar el seguro tenías lesiones o enfermedades preexistentes y como consecuencia de estos te hospitalizan en una Unidad de Cuidado Intensivo (UCI).

  • Aplican casos generales indicados en términos y condiciones de este seguro.

Beneficios digitales que puedes elegir en este seguro

Accede a beneficios digitales que se activan según la cantidad de coberturas que elijas. ¡Disfrútalos mientras tu seguro esté vigente!

    subcard image Asistencia en viajes
    Al contratar 3 coberturas o más, tendrás apoyo médico, legal y de emergencia en todo el mundo hasta por $10.000 USD.
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Conoce la información y condiciones de este seguro

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¿Cómo podemos ayudarte?

Aunque ambas coberturas se activan bajo una condición médica y como consecuencia de un accidente o una enfermedad, la diferencia principal está en el tiempo y la posibilidad de recuperación de tu capacidad laboral u ocupacional:

Incapacidad total temporal: aplica mientras no puedes desempeñar tus actividades, pero se espera tu recuperación y regreso a tus funciones habituales. 

Incapacidad total permanente: aplica cuando la pérdida de tu capacidad laboral u ocupacional es superior al 50%, lo que impide el regreso a tus funciones habituales de manera definitiva.

Si no registras beneficiarios en tu seguro, la ley asigna el valor asegurado en este orden: 

  1. Tu esposo(a) o pareja permanente. 
  2. Tus hijos. 
  3. Tus padres. 
  4. Si no hay ninguno de ellos, tus herederos legales. 

Las coberturas que permiten asignar beneficiarios son: 

  • Muerte por cualquier causa 
  • Muerte accidental 
  • Protección Familiar con destinación específica

Puedes registrar a tus beneficiarios durante la vigencia del seguro llamando a nuestra línea de atención en de Seguros Alfa en Bogotá: (601) 745 5415, y resto del país 018000 96 00 66. 

Las coberturas que permiten asignar beneficiarios son: 

  • Muerte por cualquier causa 
  • Muerte accidental 
  • Protección Familiar con destinación específica

Para Muerte accidental y Muerte por cualquier causa: Puedes modificar o reasignar tus beneficiarios y porcentajes en cualquier momento durante la vigencia de tu seguro. 

Para Protección Familiar con destinación específica: Puedes hacerlo, siempre que hayan pasado 12 meses desde que adquiriste el seguro y no hayas reclamado la indemnización por el fallecimiento de tu cónyuge o hijos. 

Para hacer uso de las coberturas de tu seguro comunícate vía WhatsApp al número 312 510 48 90, opción 3, radicación de siniestros. 

Comunícate a las líneas de atención de Seguros Alfa S.A. : 

  • Bogotá: (601) 745 5415, opción 5 
  • Cali: (602) 485 0826 
  • Medellín: (604) 604 0167 
  • Barranquilla: (605) 385 1848 
  • Bucaramanga: (607) 697 1243 
  • Resto del país: 01 8000 96 00 66 

Horarios de atención: 

Lunes a viernes 8:00 am - 8:00 pm  

Sábados 8:00 am - 12:00 m 

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