Información
Consulta tasas y tarifasEs una opción bancaria que te permite administrar tu dinero, realizar depósitos en efectivo o en cheque, y disponer parcial o totalmente de tu saldo. Además, contarás con tu tarjeta débito y/o chequera para la utilización de tus recursos y para acceder a múltiples servicios.
Lo mejor de todo es que tendrás un cupo mínimo de manera inmediata solo con tu firma. Si quieres un cupo más alto, puedes solicitarlo y la aprobación será en pocos días.
- Para personas naturales, el plazo máximo de pago es de hasta 15 días calendario.
- Cuentas con tasa fija durante la financiación.
- Si has mostrado cumplimiento satisfactorio con tu cupo de sobregiro y otros productos que tengas con el banco (sin reportes o moras vigentes), puedes ser considerado para un aumento de cupo.
- Fotocopia de tu documento de identidad ampliado al 150%.
- Fotocopia de la declaración de renta del año gravable inmediatamente anterior (si aplica).
- Certificado de ingresos y retenciones del último año gravable con tu firma (para empleados).
- Certificado laboral (no mayor a 90 días) en donde se indique: cargo, sueldo, antigüedad y tipo de contrato, así como nombre, tipo y número de identificación del empleador (para empleados).
- Fotocopia de los comprobantes de pago de nómina o pensión equivalentes a los últimos 2 meses. Si eres asalariado y presentas ingresos variables, adjunta los comprobantes equivalentes a los últimos 3 meses.
Formularios para solicitar un cupo de sobregiro:
- El desembolso de tu crédito no podrá efectuarse hasta que se hayan cumplido todos los trámites y requisitos en la aprobación.
- Una vez aprobado el préstamo, este se depositará directamente en tu cuenta de ahorros o corriente del Banco de Bogotá.
- Si presentas mora en alguna de tus obligaciones, el banco podrá limitar temporal o definitivamente el uso de otros productos crediticios.
- No reveles tus datos a extraños, recuerda que nunca te solicitaremos información confidencial por correo electrónico ni mensajes de texto.
- En nuestras oficinas tenemos disponibles las cajas de servicio como los únicos lugares autorizados para la recepción del dinero.
- No es recomendable que retires altas sumas de dinero en efectivo. En caso de tener que hacerlo, elige los cheques de gerencia.
- En lo posible evita hacer transacciones a través de computadores públicos, esto representa un riesgo para ti.
Beneficios adicionales
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El Crédito de Vivienda o Crédito Hipotecario es un préstamo a mediano o largo plazo destinado para la compra y adquisición de vivienda nueva o usada, en la que inmueble queda como garantía ante el Banco; lo que comúnmente conocemos como hipoteca.
Es una alternativa financiera donde, a través de un contrato, el cliente arrienda un inmueble nuevo o usado para destinarlo exclusivamente a uso habitacional, a cambio de un canon periódico mensual y por un plazo previamente acordado. Al vencimiento del contrato el cliente puede ejercer la compra del inmueble, quedando este a su nombre.
En el Crédito de Vivienda los titulares del crédito son los propietarios del inmueble, pero este estará hipotecado a favor del Banco hasta que se pague la totalidad del crédito. En el Leasing habitacional, el Banco es el propietario del inmueble y el cliente paga mensualmente un canon de arrendamiento por un plazo pactado, hasta que al final se ejerce la opción de compra y se realiza el traspaso de propiedad sobre el inmueble. Ambos productos cuentan con beneficios tributarios en la declaración de renta.
Según el valor del inmueble y la ciudad de Colombia donde esté ubicado, un inmueble se considera VIS (Vivienda de Interés Social) si su valor no está por encima de los 135 SMMLV o 150 SMMLV (Salario mínimo legal mensual vigente), por lo tanto, si el crédito se usa para la compra de un inmueble con estos valores se considera crédito de Vivienda VIS. Pero si el valor del inmueble sobrepasa estos topes entonces el crédito se considera Crédito de Vivienda No VIS. Esta clasificación entre VIS y No VIS determina también el tipo de subsidios del Gobierno a los cuales puede acceder el tomador del crédito.
Una o dos personas con vínculo familiar que estén interesadas en adquirir un inmueble de vivienda en el país, que sean asalariadas, independientes formales o pensionadas, que tengan entre 18 y 70 años y que presenten ingresos superiores a 1 SMMLV.
La información presentada en el simulador es un cálculo aproximado (cumple con las condiciones de la Ley 546 de 1999) basado en la información suministrada y no constituye compromiso de otorgamiento de crédito. Para este otorgamiento debe realizarse el estudio de la solicitud de crédito, acorde con las políticas del Banco. Algunas condiciones de crédito podrán variar sin previo aviso.
Al ser un simulador no se consultarán las centrales de riesgo. Sin embargo, si decides continuar con la solicitud para el Crédito de Vivienda o el Leasing Habitacional, este será un requisito indispensable para el estudio de crédito.
Al momento de adquirir un Crédito de Vivienda o un Leasing habitacional, debes incurrir en algunos pagos como el avalúo, estudio de títulos, gastos de notaría y registro. Recuerda, al tomar el Crédito de Vivienda o el Leasing habitacional, debes contar con un seguro de vida y uno sobre el inmueble (todo riesgo daño material), los cuales puedes adquirir en el Banco de Bogotá o presentar las pólizas de otra entidad que cumplan con las condiciones requeridas por el Banco.
El valor comercial es el precio que define el vendedor del inmueble para su propiedad, según sus propios criterios, mientras que el avalúo es el precio estimado por un perito avaluador basado en un estudio riguroso sobre las características físicas, de uso, análisis de mercado y condiciones urbanas del inmueble.