CDT tradicional

soluciones de inversión
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Obtén rendimientos de tus ahorros a partir del primer mes.
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Información

¿Qué es?

Un CDT es un Certificado de Depósito a Término, es decir un título que te genera rentabilidad en un plazo previamente acordado con el banco. Es una alternativa con la que puedes obtener rendimientos de tus ahorros.
 

Al momento de solicitarlo, estipulas el plazo en el que quieres recibir el capital y los intereses que pueden ser entre 30 y 540 días. Además, en caso que requieras tus recursos antes del vencimiento del CDT, puedes negociar el titulo valor transfiriendo su propiedad a un tercero a través de la figura de endoso.

Puede ser CDT físico, representado en un polígrafo (papel), desmaterializado emitido de forma electrónica por DECEVAL S.A o digital a través de https://digital.bancodebogota.com/cdt/index.html


 

Características
  • Monto mínimo de apertura: $100.000 COP.
  • Plazo mínimo de 30 días.
  • Puedes escoger la modalidad de pago de interés: mensual, bimestral, trimestral, cuatrimestral, semestral, anual o al vencimiento.
  • Se pueden registrar hasta cuatro titulares de la siguiente forma: individual, conjunta y/o alterna. 
  • Los rendimientos están sujetos a retención en la fuente.
  • La forma de constitución o cancelación de un CDT puede ser en efectivo, cheque o débito de una cuenta de ahorros o corriente del Banco Bogotá.
  • El CDT no se podrá cancelar antes de su fecha de vencimiento
  • La tasa de interés es fija y varía de acuerdo con el plazo y el monto de la inversión.
  • Sin cobro de comisiones y exento de 4 x 1.000 (Gravamen al Movimiento Financiero).
  • Es un producto que cuenta con el seguro de depósito Fogafín.
Requisitos

Documentos para mayores de 18 años:

  • Colombianos y extranjeros nacionalizados: fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150%.
  • Extranjeros no nacionalizados: fotocopia cédula de extranjería ampliada al 150%.
  • Diplomáticos: fotocopia del pasaporte y carnet diplomático.

Documentos para menores de 18 años:

  • Colombianos y extranjeros nacionalizados: fotocopia de la tarjeta de identidad, registro civil de nacimiento o NUIP, estos documentos deben estar ampliados al 150%.

Documentos y formularios para la apertura del CDT:

Seguridad
  • No reveles tus datos a extraños, recuerda que nunca te solicitaremos información confidencial por correo electrónico ni mensajes de texto. 
  • En nuestras oficinas tenemos disponibles las cajas de servicio como los únicos lugares autorizados para la recepción del dinero.
  • Recuerda conservar siempre el polígrafo en un lugar seguro.
  • Mantén tus datos actualizados.
  • Para cancelación del título acércate a la oficina de expedición.
  • Para CDT físicos se necesita el polígrafo y para CDT desmaterializados la constancia de depósito.
  • Por extravíos del título debes adelantar un proceso de reposición y cancelación dentro del cual se demuestre la pérdida, se dé caución previniendo a terceros y como consecuencia de ello es mejor dar por cancelado el título perdido y expedir uno nuevo (artículo 802 y siguientes del Código de Comercio).

Abre tu CDT en línea y gana dinero con tus ahorros

solicitud Digital
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Invertir tu dinero en un CDT digital puede ser el primer paso para cumplir tus proyectos. 
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¿Cómo podemos ayudarte?

El Banco de Bogotá tiene dos tipos de CDT ambos con tasa fija y variable:

  • Físicos: es decir, representado en un papel, polígrafo o título valor.
  • Desmaterializados: lo cual significa que son títulos emitidos de forma electrónica, por lo tanto, no se entrega un título valor sino una constancia de depósito expedida por DECEVAL S.A.

Sí, se podrá hacer la apertura de CDT a nombre de un menor de edad siempre y cuando la administración quede a nombre de los (2) padres, del tutor o representante legal. Si la administración queda solo a uno de los padres, este debe adjuntar documento en el que conste que el menor de edad depende solo de este. Por ejemplo, documento de patria potestad, documentos acta de defunción, etc.

  • Mayores de 18 años: fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150 % para colombianos y extranjeros nacionalizados.
  • Menores de 18 años: fotocopia de la tarjeta de Identidad, registro civil de nacimiento o NUIP para colombianos o extranjeros nacionalizados, ampliada al 150 %. Fotocopia documento de identidad ampliada al 150 % de cada una de las personas registradas con firma autorizada. Formato UN-150-1 SSF información firma autorizada.
  • Extranjeros no nacionalizados: fotocopia de la cédula de extranjería ampliada al 150 %.
  • Diplomáticos: fotocopia del pasaporte y carné diplomático.

Sí, se puede registrar a nombre de hasta 4 titulares y su manejo se puede dar de la siguiente forma:

  • Individual: único titular.
  • Alterna –”o”: cualquiera de los titulares puede disponer y modificar las condiciones del título, excepto retirar al otro titular.
  • Conjunta –” y”: para cualquier transacción es necesaria la solicitud expresa de todos los titulares.

El plazo mínimo es de 30 días, pero puedes escoger periodos más largos como 60, 90, 180, 360 y hasta 540 días. Entre más alto sea el monto de dinero y el tiempo en que lo dejes en el banco, así mismo serán tus rendimientos.

No, para realizar cualquier operación con tu CDT debes dirigirte a la oficina donde abriste tu CDT. En el caso del CDT Digital se renovará automáticamente al vencimiento con las mismas condiciones de monto, plazo, reinversión de rendimientos y la tasa cartelera vigente en el momento de la renovación.

Sin embargo, podrás modificar la opción de renovación/cancelación desde la Banca Virtual, desde 2 semanas y hasta 2 días antes de la fecha de vencimiento. Esta opción solo se podrá modificar una vez al día.

Ahora, si desmarcaste la opción de renovación al momento de hacer la solicitud en línea, el CDT se cancelará en el plazo establecido y recibirás el capital más los rendimientos en la cuenta que utilizaste para la constitución.

No, únicamente puedes retirar o renovar tu CDT al vencimiento del plazo que pactaste y directamente en la oficina de constitución. En caso de que requieras tus recursos antes del vencimiento puedes negociar el título valor transfiriendo tu propiedad a un tercero a través de la figura de endoso.

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